Lista de casas por Sección 8: los detalles para encontrarla
Escrito por Demian Kaltman - 6 de septiembre de 2022
Todos los seres humanos en el mundo tenemos derecho a acceder a una vivienda digna, con condiciones sanitarias, higiénicas y de seguridad acordes a los estándares de dignidad y respeto que merece cualquier individuo. Si bien esta premisa no se cumple en todo el planeta, en los Estados Unidos existen diversos programas que otorgan una ayuda económica y la asistencia necesaria para lograr este objetivo.
Como residentes es posible aplicar a distintos tipos de asistencia del Gobierno Federal y de los estatales, para el acceso a la vivienda como también para asegurar la manutención familiar, el desarrollo de emprendimientos o la compra de bienes. Dentro de estas opciones se encuentra el programa de vales de elección de viviendas, también conocido como Sección 8. Este puede presentar alguna dificultad para conseguir una propiedad asequible y que conserve los requerimientos del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD).
Por esto es importante conocer la lista de casas por Sección 8 y las diferentes formas de acceder a ella. Ya que es posible encontrar varios directorios en la web, que incluso permiten buscar por Estado o por ciudad. De la misma manera, en la oficina local del HUD, se pueden solicitar los requisitos para Sección 8, como también los listados de propiedades disponibles en la región que son accesibles por medio del programa.
En este artículo describiremos toda la oferta disponible para aquellos que hayan aplicado a este plan de asistencia. Incluyendo información sobre los condominios en Sección 8, referencias del programa y todos los datos necesarios para presentar la solicitud. Los pasos para concretar la asistencia y acceder a una vivienda digna, de acuerdo a los derechos individuales de cada persona y con todos los detalles requeridos para completar este tipo de operación de renta.
¿Qué significa la Sección 8?
La lista de casas por Sección 8 expresa en detalle las propiedades a las que es posible acceder por medio del programa de vales de elección de vivienda. Este plan de asistencia del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD, por sus siglas en inglés) otorga una suma fija para cubrir total o parcialmente el monto correspondiente al alquiler de una propiedad. Este monto tiene relación directa con los ingresos del solicitante y con la oferta disponible en el mercado inmobiliario local.
Para acceder a este programa y conocer los requisitos para Sección 8, es posible acercarse o comunicarse telefónicamente con la Agencia de vivienda pública local. Es decir, aquella representación del HUD que se ubica en la zona de residencia actual o futura. Allí, un representante determinará la elegibilidad para acceder a estos vales y el monto que se podría disponer. Para esto se consideran 5 puntos fundamentales:
- El ingreso bruto anual.
- Edad o situación física, para adultos mayores o personas con una discapacidad.
- Estado migratorio o ciudadanía.
- Requisitos locales de acuerdo a la zona.
- Ingreso bruto total anual en relación con el tamaño de la familia.
En términos generales, para acceder a este tipo de ayuda se debe percibir un ingreso mensual o anual que sea inferior al 50% del promedio de salario en la zona. Pero estará directamente relacionado con la composición familiar y la situación física de sus integrantes. Por supuesto, para solicitar este tipo de asistencia se debe contar con la residencia en territorio norteamericano. En cada oficina del HUD se podrá encontrar la información respecto a requisitos para Sección 8 que sean netamente regionales.
La Agencia de Vivienda Pública (PHA, por sus siglas en inglés) verificará los datos que se proporcionen en la presentación, realizando una validación con las diferentes oficinas de gobierno, el o los empleadores y el banco que se indique como referencia. Posteriormente se informará la resolución y, en caso de una respuesta positiva, se facilitará la suma que podrá percibirse en cada mes. Con esta información se puede comenzar a buscar una vivienda en alguno de los condominios en Sección 8. O cualquier opción que se encuentre dentro de la oferta.
Cabe destacar que, por la gran demanda que recibe diariamente esta agencia, es posible que durante un tiempo el solicitante sea incluido en una lista de espera. Por lo menos hasta que se cuente con los fondos disponibles para suministrar la ayuda. Igualmente, una vez que la asistencia sea confirmada y se realicen todos los pasos requeribles, se debe comenzar con la búsqueda de propiedades que se ajusten a las normas de la PHA y el HUD.
En muchos casos, la suma que ofrecen esta agencias no es suficiente para pagar el total del alquiler de una vivienda. Por esto se asume, que una parte de la renta será costeada por la persona que lo solicite. El HUD realiza el pago directamente al propietario y el inquilino es quien debe completarlo según la escala acordada. La PHA realizará una inspección a la vivienda, previo al ingreso. Es para verificar si el monto de alquiler corresponde a la estructura edilicia y situación del bien inmueble.
¿Dónde puedo ver la lista de casas por Sección 8?
La lista de casas por Sección 8 suele estar disponible en el sitio web del HUD. En muchas ocasiones, esta plataforma no funciona adecuadamente y por esto se recomienda visitar como alternativa la página de Novedades de Viviendas Asequibles. Donde no solo se podrán encontrar algunas propiedades disponibles dentro del programa, sino también las formas de inscribirse en las listas de espera de varias ciudades o Estados.
A su vez, existe un directorio denominado Section 8 Housing List, que permite encontrar la oferta de viviendas que aceptan el pago por medio de vales. Allí es posible hallar una gran cantidad de oportunidades, ordenadas por Estado y ciudad, con teléfono y dirección de e-mail para iniciar contacto. Por último, en los sitios web de algunos Estados o de las alcaldías de las diferentes ciudades, es posible encontrar viviendas de este tipo, incluso tomando en cuenta requerimientos específicos.
Por ejemplo, en Texas existe una página determinada para quienes busquen viviendas rurales y cumplan con los requisitos para Sección 8. De esta manera, aquellos que tengan una actividad relacionada con la agricultura o la ganadería, o bien decidan vivir en una zona más tranquila, pueden encontrar una excelente alternativa con un costo menor al alquiler de una propiedad en las grandes ciudades. Este tipo de información puede ser suministrada en la oficina de la PHA o por medio del trabajador social que acompañe el caso.
Es importante, en la medida que esto sea posible, armarse de paciencia para conseguir este tipo de viviendas. Son muchas las solicitudes que se presentan y la cantidad de beneficiarios del programa de vales, en relación con la oferta disponible. En ese sentido y de acuerdo a la urgencia habitacional de cada familia, es bueno buscar alternativas como los condominios en Sección 8 o la cartera de viviendas rurales. Siempre y cuando se pueda asegurar la movilidad hacia los destinos habituales.
¿Cómo solicitar Sección 8?
La solicitud para ingresar al programa y disponer de la lista de casas por Sección 8, se realiza de manera presencial. Únicamente en la oficinas del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD) a través de la Agencia de Vivienda Pública local. Para realizar la presentación, es necesario consultar allí los requisitos particulares de la región y la documentación que se debe presentar. En términos generales, se requiere la comprobación de identidad, estado migratorio (para residentes) y los ingresos familiares.
En algunos casos, se puede solicitar documentación adicional como extractos bancarios o algún registro relacionado con la vivienda actual. La presentación se realiza por escrito, de forma personal y autónoma. Con la posibilidad de recurrir a la asistencia de los agentes de atención, para completar los formularios de forma correcta, ya que puede que se presenten solo en inglés. Luego se deberá esperar una respuesta de la agencia en un tiempo prudencial.
La PHA debe determinar el monto que se otorgará como ayuda, en caso de aceptar la solicitud presentada. Y de la misma manera, de acuerdo a la situación regional, puede ofrecer una asistencia inmediata o bien la inclusión en una lista de espera. Aguanrando hasta que se libere un cupo de ingreso o se aumente el presupuesto en la sección.
Para realizar consultas o reclamos, es posible comunicarse con el número de atención de esta agencia (1-800-955-2232) o enviar un e-mail a hud-pihrc@tngusa.net.
A su vez se debe considerar, que la aprobación de este tipo de ayuda en un Estado o ciudad, no implica la misma respuesta en otra región. Cada oficina gestiona sus recursos y estos son escasos. Por lo tanto la asistencia que se otorgue en Florida no necesariamente se mantendrá en Nueva York y viceversa. Ante la voluntad de realizar una mudanza, independientemente del motivo, es recomendable consultar la disponibilidad de esta ayuda en el destino.
¿Cómo puedo alquilar mi casa por Sección 8?
Para alquilar una casa y cumplimentar los requisitos para Sección 8, se deben seguir los siguientes pasos:
- Consultar los requerimientos regionales en las oficinas del HUD.
- Realizar la presentación con toda la documentación solicitada.
- Aguardar la respuesta de la Agencia.
- Si la respuesta es positiva, se debe consultar el plazo y monto de la ayuda.
- Comenzar la búsqueda de vivienda en la zona acordada con la Agencia.
- Cumplimentar todos los pasos para confirmar la renta de la propiedad y solicitar la inspección de la PHA.
Una vez que el alquiler de la vivienda se haya completado, se puede realizar la respectiva mudanza. Se debe tener en cuenta que el monto que se recibe queda especificado en los papeles que entrega la agencia y puede encontrarse con diversos nombres como: “Payment Standards”, “Proposed Amount” o “Shopping Range”.
Y en este sentido considerar que si aparece una suma denominada «Utility Allowence» se debe restar del monto general. De la siguiente manera, si se ofrece un monto de $300 con una Utility Allowence de $100, esto significa que la Agencia se hará cargo del pago de 200 dólares y que los 100 restantes quedarán a cargo del inquilino.
En algunos casos puede ocurrir que este monto de utilidad sea mayor al costo del alquiler. En ese sentido la PHA realizará un pago complementario por medio de un cheque. Se recomienda consultar todas estas particularidad con el agente de atención o con el trabajador social que supervisa el caso.
Lograr el alquiler de una vivienda en condominios en Sección 8 o en cualquier otro tipo de propiedad que sea parte del programa, no siempre es sencillo. Pero es preciso ser constante en esta demanda, para llegar a tener un vivienda digna que mantenga las condiciones adecuadas de sanidad y seguridad. En definitiva, es lo que todos los habitantes de este planeta nos merecemos y bien vale aprovechar esta posibilidad que ofrece el Gobierno Federal a través de las agencias regionales.